De la responsabilidad parental y otros demonios

    Protegedme de la sabiduría que no llora, de la filosofía que no ríe y de la grandeza que no se inclina ante los niños.

    Khalil Gibran

    Yo no fui un niño feliz. Mi madre me parió con 17 años y al llegar a los 20 se le atragantó esa realidad. 

    Nací en 1987. Con tres años de edad hablaba palabras en ruso, en ucraniano y en castellano, pero ningún idioma, sino una mixtura que solo mi madre comprendía. 

    Para cuando mi ya exsoviética madre comprendió que Mijaíl Gorbachov había desmembrado la Unión, y de paso todas las uniones emanadas de aquella, Cuba se adentraba en el llamado Período Especial en Tiempo de Paz, que era un eufemismo para sortear el término, sin dudas menos erótico, de «perra crisis». 

    Así que con casi cuatro años estaba viviendo en un país al borde del colapso, a siete husos de distancia de aquel donde había nacido, y con unos señores que resultaron ser mis abuelos paternos. Entendía la lengua local, pero nadie me entendía a mí

    En casa viví una violencia desproporcionada, multifacética y visceral. Recuerdo, años después, un episodio particularmente arbitrario, pero de ninguna manera aislado. Esa tarde miraba la programación televisiva en el viejo Krim, y apareció un comercial sobre los derechos de los niños a la felicidad. Insolente y respondón, se lo hice notar a mi dulce abuela, quien me respondió con un todavía más dulce piñazo en el rostro y un dulcísimo castigo consistente en quedarme en la cama durante el resto de la jornada, sin posibilidad de comer. Incluso el viejo Krim perdió la señal, lo que también le valió, por empático, una bofetada. Ginebra estaba lejos, y mi abuela muy cerca.

    En retrospectiva, me impresiona sobre todo la complicidad vecinal. Sujetos violentos brotan a puñados —en definitiva, prensar la diestra es más natural que aprovechar la testa—, pero se antoja inusual semejante concentración de cómplices de la violencia doméstica. Esa connivencia social, esa permisividad colectiva del desafuero familiar, proviene directamente de la noción de la patria potestad como título de propiedad. 

    ***

    La patria potestad es un término romano derivado de las potestas que detentaba el pater familiae. Era una relación jurídica de auténtica posesión. Los hijos se poseían, y la ley reglaba hasta donde llegaba la potestad del pater sobre estos. La patria potestas siempre recaía sobre un hombre —no existía tal cosa como la matria potestas—, y comprendía extremos como el ius vitae necisque —derecho de vida o muerte— y el ius vendendi —derecho a venderlo. Sobre este fundamento se edificó la moderna patria potestad; con menos potestas, pero igual de irrespetuosa para con el objeto de esta relación. 

    Cartel soviético
    Cartel soviético

    Siempre me ha causado gracia la traducción «madre patria», porque etimológicamente resulta un contrasentido. La palabra «patria» deriva directamente de pater, que significa «padre». 

    En el idioma ruso hay una palabra que a nivel semiótico se hermana con el término «patria» tal cual lo conocemos en español: «отечество», que incluye la raíz «отец» y significa «padre». Se utiliza para invocar obligaciones con el Estado, con la nación como organización política. Sin embargo, hay una más común, y con una carga semántica más nostálgica: «родина», con una raíz que evoca a la tribu, a la familia: «la tierra de donde proviene mi tribu». Esta palabra la utilizó la propaganda soviética durante la Segunda Guerra Mundial en su afamado cartel «Родина-мать зовет» —«Mamá “Ródina”[1] está llamando»— para subrayar que no peleabas por Stalin, el Socialismo, o «la continuidad»; que el llamado no lo hacía papá Estado, sino mamá, la tierra ancestral[2]. Un 10 comunicacional que, de cualquier modo, se ha traducido al castellano como «madre patria» (Родина-мать). 

    ***

    Los latinos eran grandes legisladores, pragmáticos y tremendamente patriarcales. La legislación civil que heredamos de los romanos[3] es, en consecuencia, harto pragmática y tremendamente patriarcal. 

    Según la noción de patria potestad, la suerte de los hijos —evidentemente cosificados— se encuentra absolutamente determinada por el pater

    Cuando mi vecindad presenciaba actos de violencia contra mí provenientes de mi cuidador —una violencia para la cual no hay refugio ni santuario—, no cuestionaba la legitimidad, la proporcionalidad, la justeza del acto. 

    Los testigos disipaban su alerta moral gracias a la fórmula que anula al filius como sujeto de derecho: la patria potestad. Detentar la patria potestad significa tener el poder del pater romano, que desdibuja límites y autoriza excesos. Así, los observadores regresaban prestos a la cotidianeidad de su perra crisis (o periodo especial), y yo continuaba en la mía, igual de perra, si bien distinta a la de aquellos.  

    ***

    Una veintena de siglos después de aquella Roma y su misopedia, alguien concluyó que los niños también eran sujetos de derecho, y no solo objeto de una institución jurídica como la patria potestad. 

    Una idea como patria potestas no puede deshacerse de su sentido cosificador, no importa cuántas reformas se practiquen sobre la letra jurídica. Por ello, emerge el término «responsabilidad parental». 

    La palabra «responsabilidad» suele asociarse a una culpa latente, exigible. Los términos de responsabilidad civil, penal o crediticia indican esa relación acto-consecuencia, la obligación como espada de Damocles. Sin embargo, el Derecho, en tanto ciencia que propone el nomen, también la define como «capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente».[4] En tal sentido, germinan términos como «responsabilidad afectiva», «responsabilidad parental». 

    Esta nueva nomenclatura no apela estrictamente al binomio consecuencia-castigo, sino que intenta establecer a nivel empático las derivaciones de un acto propio. Responsabilizar del daño, amén de sus repercusiones en lo público; empatizar con aquel que sufre las consecuencias de un acto propio y deliberado: una infidelidad, una promesa incumplida, una burla, un acto de autoritarismo, una «nalga’ bien da’». No se regulan prohibiciones penológicamente: «aquel que promiscua e inconsultamente […]», sino que —insisto— se responsabiliza al autor, se le exige empatizar con el otro

    Se trata en todo caso de un posicionamiento socio-estatal que pauta el nuevo ideal de relación filio-afectiva. Junto a lo prohibido, enuncia lo protervo y lo imperfecto.  

    La responsabilidad parental destruye etimológicamente la idea de «poder sobre», e instaura la de «deber para». No se posee un niño, se asume una responsabilidad para con la calidad de protección que se le extiende, y esa responsabilidad está sujeta a vigilancia por parte del Estado como garante último del respeto a todo sujeto. 

    La nueva institución no ataca la auctoritas del cuidador —madre, padre, abuela—, sino la potestas. Eso sí, lo desposee de un objeto. Hay una frase que se repite ad nauseam en los los debates[5] sobre el proyecto de Código de las Familias en Cuba: «Mis hijos son míos». De nuevo la cosificación del menor. El Estado no intenta arrebatar independencia a los legítimos cuidadores, ni despojarlos de recursos educativos: estos son argumentos falaces —«hombres de paja»— de quienes no desean ver su potestas mermada. La nueva legislación simplemente subraya el carácter de sujeto del niño, y responsabiliza a los adultos.

    Por supuesto, el nuevo ideal fractura relaciones jerárquicas, absolutismos —ilustrados o no—, imposiciones arbitrarias. Emerge entonces la angustia del cuidado sin dictadura; el espanto de educar sin el corolario: «porque lo digo yo»; la afrenta al mandato bíblico: «el que detiene el castigo a su hijo aborrece; mas el que lo ama, desde temprano lo corrige».[6]

    La intervención estatal en las relaciones familiares no solo es legítima, sino necesaria. No se trata de un oscuro poder creado para desanudar lazos, sino de la regularización del refugio legal que se ha negado a los infantes durante milenios. No se instrumentaliza para el despojo, sino para la concientización. Ninguno de los excesos estatales en materia familiar presuntamente amparados por la propuesta de Código de las Familias —que se someterá a referendo el próximo 25 de septiembre— es imposible bajo la legislación vigente. 

    En realidad, la nueva institución no cambiará mucho —al menos no de inmediato— en la cotidianeidad cubana. Con el nuevo Código, mi abuela seguiría estando a solas conmigo, y mis vecinos seguirían asumiendo que la ley contempla incluso el ius vitae necisque. Empero, no estarían legitimados para pensar así, y eso, en retrospectiva, me hubiese bastado. 


    [1] Transliteración del término «Родина»; en rigor, intraducible al español como no sea usando «patria». [Nota del Editor].

    [2] La fórmula propagandística bajo socialismo real —sostenido por un Estado multinacional— ciertamente remitía a la antigua «Россия-Матушка», transliterado como «Rossíya-Mátushka», que se traduce como «Madrecita Rusia» (personificación de Rusia bajo el zarismo). [Nota del Editor].

    [3] El sistema de derecho imperante en Cuba, y el más extendido en el orbe, se llama derecho romano-francés. 

    [4] Acepción cuarta de la RAE.

    [5] El otro gran debate de estos días versa en torno al matrimonio igualitario [Nota del Editor].

    [6] Proverbios 13:24.

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    4 COMENTARIOS

    1. Lamento mucho que el autor haya sufrido mucho la violencia familiar, pero este análisis de la letra del Código, carece de toda lógica. El problema no es la patria potestad o la responsabilidad parental, sino el contexto represivo y las atribuciones de un estado que es una dictadura totalitaria. Entonces para empezar, se le exigirá al opositor responsabilidad parental, pero al militar con grados, se le permitirá la patria potestad, lo que llama el autor como la cosificación del niño. Esa brutal asimetría en la aplicación de las leyes en Cuba es lo primero que hay que debatir, consultar a la población y llevar a referendo. Está muy bien defender los derechos de los niños, pero la superficialidad y la «ingenuidad» los sepulta. Sin el contexto del actual sistema jurídico que existe en Cuba, el texto es una fabula para hacer perder el tiempo a los ciudadanos.

      • no entiendo por qué acusa al texto de ilógico. pero le puedo subrayar dónde percibo falta de «lógica» en su comentario. asume que los límites deontológicos que marca la responsabilidad parental solo le serán exigidos a los opositores, mientras que aquellos contestes con el sistema seguirán «disfrutando» de la patria potestad. técnicamente es «ilógico», porque la institución está concebida para todos. ya no habrá patria potestad, al menos en nomenclatura. lo que deduzco es que insinúa que habrá una suerte de diferenciación en el tratamiento, y aquí el siguiente fallo que percibo: ¿qué le hace pensar que esa hipotética diferenciación no la pueden hacer ahora a la sombra del actual código de familia? ¿por qué se siente a salvo con un «código viejo» si opera dentro del mismo «contexto represivo» al que hace alusión?

        • Personalmente no he sabido de ningún opositor al que le hayan quitado los hijos con el código vigente (aunque si los han amenazado).

          Con el nuevo que aprobaran los represores, básicamente, se darán permiso a sí mismos para «legalmente» quitarle los hijos a las personas que ellos consideren incómodas para el régimen.

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