Sobre la presunta «victoria» de Cuba contra un «fondo buitre» en Londres 

    En el año 1984 el Banco Nacional de Cuba (BNC) contrajo una deuda con el Instituto Bancario Italiano y Crédit Lyonnais Bank Nederland —ambos créditos rondaban en conjunto los 15 millones de euros actuales, aunque la moneda originaria eran marcos alemanes—. El fallo de Sara Elizabeth Cockerill, la honorable jueza del Tribunal Superior de Inglaterra y Gales (EWHC), lo entiende de este modo: «In the 1980s BNC was still seen as the central bank of Cuba and was given functions including to oversee and record international credit operations of any nature».[1] Asimismo, reconoce la deuda originaria contraída por el BNC en calidad de banquero del Estado cubano. 

    Los Estados obtienen liquidez fundamentalmente mediante el cobro de impuestos y la emisión de deuda pública. Cuando un Estado emite deuda soberana —pide prestado a actores públicos o privados—, se coloca a sí mismo en una posición de deudor o prestatario. En el caso de CFR contra el BNC y el Estado cubano, la deuda contraída por el BNC en el 1984 tenía al propio BNC como deudor principal y al Estado cubano como garante del pago de esa deuda. Se trataba de una deuda soberana, una deuda del Estado cubano. 

    Años después —pocos—, Fidel Castro declara que la deuda externa es «impagable», enunciando así un default económico cuyo impacto en la credibilidad financiera del Estado cubano hace del embargo económico impuesto por los Estados Unidos de América una triste pataleta en términos de acceso a créditos internacionales. Declarar una suspensión de pagos tiene similares efectos para un prestatario público o privado: el acceso a nuevos créditos se dificulta. El altruismo no es lo que moviliza a los prestamistas, sino la expectativa de recuperar lo prestado más un porcentaje en frutos: es decir, intereses. Cuando el gobierno cubano habla de la relación embargo económico/escaso acceso a créditos, obvia su muy larga lista de impagos como razón concomitante, y acaso principal, para la dificultad de obtener nuevos créditos. 

    En la negociación originaria que nos ocupa, la parte cubana habría acordado una condición para la venta de la deuda soberana: una doble autorización, por parte del BNC, como titular nominal de la deuda, y por parte del Estado cubano, como garante de la misma, conocida como IBI Guarantee[2] —aunque uno pudiese asumir que el banquero del Estado obra en torno a los intereses de su mandante, pero no existe tal cosa como extraprecaución. 

    Los primigenios acreedores venden la deuda a terceros, hasta llegar a ICBC Standard Bank PLC —un fondo de inversiones chino—, cuya legitimidad como acreedor nadie cuestiona. En el fallo se relata una serie de traspasos de la deuda disputada con similar modus operandi

    […] on 22 August 20, BNC consented to the assignment of the CL Agreement and Debt from Credit Lyonnais to City & Continental Securities Ltd, […] were signed by two BNC employees. The Notice contained a stamp confirming that the two BNC signatories were authorized. On 10 January 2006, BNC consented to the assignment of the CL Agreement and Debt from City & Continental Securities Ltd. to GML International Limited. Again both the cover and the Notice of Assignment and Agreement to be bound were signed by two BNC employees. The Notice contained a stamp confirming that the two BNC signatories were authorized. On 14 March 2006, BNC consented to the assignment of the CL Agreement and Debt from GML International to Standard Bank Plc (which became ICBC). Both the cover letter and the Notice of Assignment and Agreement to be Bound were signed by two BNC employees. The Notice contained a stamp confirming that the two BNC signatories were authorized.

    La secuencia indica como requisitos en cada traspaso las firmas de dos empleados del BNC y un sello que garantiza que ambos han sido debidamente autorizados para ese acto.  

    En el año 1997 se crea el Banco Central de Cuba, quien se constituye como el nuevo banquero del Estado cubano, pero no subroga al BNC. Coexisten ambas instituciones, y el BNC continúa siendo el titular de la deuda del 1984, que contrajo en un momento en el cual sí era el banquero del Estado cubano. Pero ahora cobra sentido —y valor— la doble autorización: justamente porque no puede interpretarse que en el presente (el titular de aquella vieja deuda) actúa en representación del Estado cubano. 

    En este contexto se suma el fondo de inversiones británico CFR Investments Limited (CFR), a quien la parte cubana acusa de ser un fondo buitre. 

    «Fondo buitre» es un término peyorativo para denominar fondos de inversión que lucran adquiriendo deudas soberanas —o no— en estado de impago. Compran a precios muy reducidos, e inmediatamente reclaman la totalidad de lo debido en sede judicial. Se considera una inversión a riesgo, pues se trata de una deuda que ya se encuentra en default, o casi, y esos fondos de inversión fuerzan la ejecución del pago reclamando el remate de parte del patrimonio estatal —en el caso de tratarse de una deuda soberana. En realidad, el nombre de estos fondos es holdouts, en alusión a su postura ante reestructuraciones de deudas. No están interesados en conciliar, sino en arrinconar legalmente al deudor y forzar la ejecución de lo adeudado. 

    El caso más lamentable ocurrió a principios de siglo cuando los fondos NML Capital Ltd. y EM Ltd., secundados luego por Elliott Associates, se negaron a reestructurar la deuda soberana de Argentina y demandaron sin contemplaciones su pago íntegro. Este caso fue fallado a favor de los fondos buitres, que no estaban interesados en llegar a una zona que satisficiera tanto a prestamistas como al prestatario. 

    En síntesis, se trata de fondos de inversión que compran deuda exclusivamente para litigarlas en juicio, sin intenciones de negociar con el Estado prestatario. 

    Actualmente muchos países rechazan las prácticas de los fondos buitres, sobre todo países del ámbito anglosajón. Estados Unidos y Reino Unido se han mostrado decididamente opuestos a esas prácticas. 

    CFR se creó en 2009 con la intención de comprar deuda soberana cubana que estuviera casi o ya directamente en default. Se entiende: deudas garantizadas por el Estado cubano. Por tal motivo aquella cuyo acreedor era entonces ICBC Standard Bank entraba en el espectro de intereses de CFR.  

    El fondo de inversiones británico CFR es uno de los actores que conforman el Club de Londres. Actualmente es el principal acreedor del Estado cubano con mil 200 millones de euros (mil 300 millones de dólares estadounidenses) en bonos soberanos. Empero, su intención de reestructurar la deuda, o sea, de buscar acercamientos con La Habana durante varios años para realizar lo que se conoce como «quitas» —condonar una parte— de la deuda, no lo ubica dentro de la definición de fondo buitre. No ha comprado una deuda para litigar, sino para lucrar a través de la constancia y la paciencia. En resumen, CFR compró una deuda —una de ellas— que inicialmente era de 15 millones de euros y que ahora ronda los 72 millones de euros (78 millones de dólares), sumados los intereses y algún cargo por mora debido a los 39 años que han pasado. 

    Probablemente, CFR pretendía quitar una parte de la deuda, y reestructurar lo demás, y aun así la hubiese rentabilizado. Cobrando la mitad, CFR duplicaba su inversión. 

    Teniendo el silencio como respuesta por parte del Estado cubano y del propio BNC, CFR decide en febrero del 2020 reclamar ante la corte británica una porción de la deuda de la cual es acreedor. Demanda al BNC y al Estado de Cuba como deudores: el primero como principal, el segundo como garante. 

    Cuba reúne un dream team en asesoría, y se presenta a juicio acusando al fondo CFR Investments Limited de actuar como holdout y de sobornar a un funcionario del BNC[3] para hacerse con la deuda soberana de forma ilegal. 

    La cesión de la deuda del actor chino ICBC Standard Bank PLC a CFR Investments Limited cuenta con la firma de un solo funcionario del BNC, y con el sello de autorización; pero no tiene la segunda firma que vincularía al Estado cubano. Técnicamente, el BNC no pudo avalar la aquiescencia del garantista al prescindir de la segunda rúbrica, pero en ningún caso debido al soborno del funcionario cubano por parte del representante de CFR como alegaba la parte cubana. 

    There was nothing unusual about such emails; the process outlined by Ms Z was echoed in the BNC Handbook in particular in the provision: «If there is a positive result in all the aforementioned checks (including verification by the Register of Debt Assignments reflecting the balances of each bank classified by number of loans and year of renegotiation in the case of bank debt) a tele, email, SWIFT or fax is sent to the foreign party, informing him that it is accepted “in principle” your request and that you must send us a set of original and two copies of the official documents of the assignment duly signed by the buyer and then seller…». Mr X confirmed (consistently with this) that sending such emails was standard practice or «pro forma». [4]

    Se trató simplemente de la ausencia de un requisito de forma que la jueza Cockerill del EWHC entendió como imperfecto en atención al IBI Guarantee: «Accordingly I conclude that BNC did not have capacity to consent to an assignment of guarantees issued by the Cuban State in respect of debt contracted by BNC prior to 1997 (in particular the IBI Guarantee)»;[5] pero perfectamente válido para establecer la voluntad del BNC de aceptar al nuevo acreedor como legítimo: «I therefore conclude that BNC had capacity to consent to the assignment of the debts in issue in this case».[6]

    El Estado cubano se libera de su condición de garante al no contar el proceso con la segunda firma. Sin embargo, el argumento de que CFR sobornó a un alto funcionario del BNC queda desestimado, y la misma jueza entiende que el BNC queda obligado ante el CFR como su legítimo acreedor. El Banco Nacional de Cuba le debe dinero a CFR —presuntamente 72 millones de euros.[7]

    The Royal Courts of Justice, Londres / Foto: theroyalcourtsofjustice.com
    The Royal Courts of Justice, Londres / Foto: theroyalcourtsofjustice.com

    Lo que la prensa oficialista cubana presenta como una victoria contra un fondo buitre, por supuesto, no es tal. Se trata, cuanto menos, de una interpretación desacertada. El reconocimiento en la corte británica de CFR como un acreedor legítimo del BNC lo descarta al mismo tiempo como «fondo buitre». La «victoria» se reduce a la irregularidad por parte de los funcionarios de BNC en otorgar el debido consentimiento de cesión del IBI Guarantee; error que provocó que CFR comprase una deuda que entendía garantizada por el Estado cubano. Esta irregularidad en el estricto cumplimiento del proceso de autorización permitió al Estado cubano librarse de su condición de garante y, presumiblemente, abandonar a su suerte al BNC. 

    Ahora el BNC deberá responder ante CFR. Esto es apenas una porción del problema, toda vez que aún CFR es el principal tenedor de la deuda soberana de La Habana, y esta batalla —ni perdida ni ganada todavía— le ha permitido aprender acerca de la picardía cubana en torno a requisitos de forma. El IBI Guarantee no permite una negativa irrazonable —«such consent not to be unreasonably withheld»—, y definido CFR como un fondo de inversiones legítimo, abierto por demás a la reestructuración de la deuda, no tendrá el Estado cubano muchas herramientas para retener traspaso alguno de manera razonable. 

    El Estado cubano se libra ahora de pagar unos 70 millones de euros —no así el BNC—; solo quedan mil 130 millones por disputarle a CFR. 


    [1] Página 4, párrafo sexto de la sentencia. 

    [2] «The bank may assign all or part of its rights/obligations under this letter to any holding company or subsidiary of the Bank or any other subsidiary of any holding company without the consent of the Borrower or to any other person with the prior consent of the Borrower, such consent not to be unreasonably withheld». 

    [3] Se trata del entonces director de operaciones del BNC, Raúl Eugenio Olivera Lozano, quien ha sido juzgado y purga 13 años en prisión.

    [4] Página 56 de la sentencia, párrafos 3, 4 y 5. 

    [5] Página 66 párrafo 7. 

    [6] Página 73 párrafo 1. 

    [7] Ahora, el BNC apelará decisión de la corte británica, según anunció el ministro cubano de Justicia, Oscar Silvera.

    spot_img

    Newsletter

    Recibe en tu correo nuestro boletín quincenal.

    Te puede interesar

    La Resistencia, los Anonymous de Cuba: «para nosotros esto es una...

    Los hackers activistas no tienen país, pero sí bandera: la de un sujeto que por rostro lleva un signo de interrogación. Como los habitantes de Fuenteovejuna, responden a un único nombre: «Anonymous». En, Cuba, sin embargo, son conocidos como «La Resistencia».

    Guajiros en Iztapalapa

    Iztapalapa nunca estuvo en la mente geográfica de los cubanos,...

    Selfies / Autorretratos

    Utilizo el IPhone con temporizador y los filtros disponibles. Mi...

    Un enemigo permanente 

    Hace unos meses, en una página web de una...

    Reparto: la otra relación entre Cuba y su exilio

    El dúo de reguetoneros cubanos Dany Ome & Kevincito el 13 aterrizó en La Habana el jueves 7 de marzo. Sin haber cantado jamás en la isla, son uno de los responsables del boom que vive actualmente el reparto cubano. La voz principal, Ome, llevaba casi 13 años sin ir a su país.

    Apoya nuestro trabajo

    El Estornudo es una revista digital independiente realizada desde Cuba y desde fuera de Cuba. Y es, además, una asociación civil no lucrativa cuyo fin es narrar y pensar —desde los más altos estándares profesionales y una completa independencia intelectual— la realidad de la isla y el hemisferio. Nuestro staff está empeñado en entregar cada día las mejores piezas textuales, fotográficas y audiovisuales, y en establecer un diálogo amplio y complejo con el acontecer. El acceso a todos nuestros contenidos es abierto y gratuito. Agradecemos cualquier forma de apoyo desinteresado a nuestro crecimiento presente y futuro.
    Puedes contribuir a la revista aquí.
    Si tienes críticas y/o sugerencias, escríbenos al correo: [email protected]

    spot_imgspot_img

    Artículos relacionados

    Reajuste económico en Cuba: Echar el freno de mano y… ¿ahora qué?

    Sin muchas explicaciones, el gobierno cubano decidió suspender la aplicación de un paquete de medidas que supuestamente debía corregir distorsiones y, por fin, impulsar la economía en 2024.

    Remesas desde EE.UU.: ¿Qué pasa con el salvavidas de la economía cubana?

    En 2023, las remesas hacia Cuba totalizaron mil 972.56 millones de dólares y experimentaron una caída de 3.31 por ciento en relación con 2022 (dos mil 040.25 millones), según informe de Havana Consulting Group.

    Campesino, pescador y merolico: todos los salarios de un médico cubano

    El doctor Luis Enrique Cuéllar lo aclara desde el...

    Good bye, Gil. ¿Welcome, Alonso?: Movimiento de cuadros

    Así lo llamaron, «movimiento de cuadros», una frase que a alguien no muy familiarizado con la jerga burocrática recordaría más bien los trabajos en una galería de arte. A Gil, en efecto, lo movieron: quién sabe a qué otro salón en el museo del poder cubano; quién sabe si lo enviaron, definitivamente, al sótano con una sábana encima.

    1 COMENTARIO

    1. Este escrito, y la sentencia del juicio, para mí constituyen una Clase Magistral.
      Es un juicio entre un pícaro y un honorable.
      A ver cómo el tiempo ponen las cosas en su lugar.
      Muchas teorías acerca del “bloqueo” se desmoronan.

    DEJA UNA RESPUESTA

    Por favor ingrese su comentario!
    Por favor ingrese su nombre aquí