Columnas

Trump, entre la insurrección y la elección

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El próximo 8 de febrero la Corte Suprema de Estados Unidos (SCOTUS)  escuchará el caso Trump vs. Anderson, decidiendo si la Corte Suprema del Estado de Colorado aplicó de manera correcta la Décimocuarta Enmienda de la Constitución estadounidense, que prescribe: «Ninguna persona puede (…) ostentar un cargo civil o militar (…) si luego de haber jurado (…) defender la Constitución (…) haya participado en insurrección o rebelión en contra de esta, o dado ánimo a sus enemigos».

Los posibles efectos electorales del caso en sí no tienen mucha importancia. Trump perdió Colorado por un 13 por ciento en 2020 y no necesita ganar el estado para obtener la presidencia. Sin embargo, si hablamos de la cuestión anímica en un país amargamente dividido, esta disputa judicial ha venido a caldear aún más los ánimos entre seguidores y detractores de Trump. Unos dicen que sacarlo de la boleta electoral es antidemocrático y una prueba más de la conspiración en su contra, los otros responden que la ley es clara y que el estado de Colorado tiene una responsabilidad de hacerla cumplir, eliminando de las elecciones a un insurreccionista dispuesto a ocupar de nuevo la silla principal en la Oficina que traicionó. Otros han cuestionado la legalidad de la intervención de la corte, preguntando si Trump no tiene derecho a un juicio imparcial y si ha sido condenado directamente.

¿Quién tiene la razón? Los hechos primero. Un grupo de republicanos y votantes independientes querellaron contra la oficina electoral del estado de Colorado, aduciendo que el entonces presidente Trump había participado en una insurrección contra los Estados Unidos el 6 de enero del 2021. La corte estatal decidió que sí había cometido una insurrección pero que no procedía su descalificación porque la oficina de la presidencia no se menciona explícitamente en el artículo tres de la Decimocuarta Enmienda. La Corte Suprema de Colorado escuchó la apelación y concluyó, en una decisión dividida, que las acciones de Trump ese día fueron más allá de una protesta política y que movilizar, incitar y exhortar a una masa de sus seguidores a entrar al Capitolio y parar el conteo de votos, satisface con holgura la definición legal de insurrección. Esta cronología desmiente las alegaciones de ilegalidad o conspiración: las cortes en EEUU tienen la clara potestad de interpretar las leyes, incluyendo la Constitución, y son independientes del poder ejecutivo del Estado. El proceso judicial que se ha seguido es precisamente el proceso democrático. Antidemocrático sería negar a los querellantes o al mismo Trump sus derechos ante la ley.

Este análisis calma muy poco a los más furibundos seguidores del ex presidente, quienes buscan argumentos cuasi-legales o denuncian el supuesto sesgo ideológico de los jueces. Por cada uno de ellos hay un detractor, igual de furibundo, convencido de que SCOTUS fallará a favor de Trump, puesto que tres de sus integrantes le deben el curul. La discusión se vuelve inevitablemente ideológica y los argumentos que teme la descalificación de Trump en Colorado porque traería más violencia política y más desconfianza en las instituciones gubernamentales (ya hay oficiales republicanos que han prometido eliminar a Biden de la boleta en sus estados) son precisamente todo lo que SCOTUS debe evitar considerar. La decisión tendría que ser estrictamente judicial y no política, y aquí cabe destacar que una lectura estricta de la Constitución, el método preferido por los juristas conservadores, favorecería la decisión de la corte inferior. Este resultado, además, concordaría con otro principio jurídico conservador, la predominación de los derechos de los estados.

La verdadera solución democrática se encuentra precisamente en la propia Décimocuarta Enmienda, a la vista de todos. Solo el Congreso tiene la facultad de perdonar a un insurreccionista, por un voto de sus dos terceras partes. Esta sí sería una decisión política porque la política es la parcela del Congreso y su mandato incluye la evaluación de argumentos por el bien del país. Existen varios precedentes históricos, incluyendo la amnistía política a los oficiales de la Confederación que se habían levantado en armas contra el gobierno federal. Si el Congreso pudo en su día perdonar a quienes pelearon en una guerra fraticida, ¿por qué no perdonar a quien exhortó al ataque en su contra el 6 de enero? Dejarle la decisión a SCOTUS es una cobardía institucional.

Si los partidarios de Trump en el Congreso, que no son pocos, están convencidos de que su conducta no debe apartarlo de la boleta electoral, entonces deberían introducir una medida para remover su descalificación. Si hay suficientes congresistas, partidarios o detractores, que están convencidos de que eliminarlo de la boleta electoral en uno o varios estados sería perjudicial para los intereses del país, entonces el voto de las dos terceras partes es posible. Llevaría admisiones muy duras de ambas partes. Los republicanos tendrían que aceptar que la conducta de Trump fue  insurrección y los demócratas tendrían que resistir la tentación de bloquear una posible victoria electoral. Pero está claro que es el único camino que se puede considerar realmente democrático.